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RESOLUCIÓN de 26 de agosto de 2019, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se aprueban las listas de espera derivadas del correspondiente proceso selectivo de nuevo ingreso, para la provisión con carácter interino de puestos de trabajo correspondientes al Cuerpo Ejecutivo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala de Ayudantes Facultativos, Técnicos en Jardín de Infancia.

Publicado el 17/09/2019 (Nº 182)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Concluidas las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 22 de mayo de 2018, para ingreso en el Cuerpo Ejecutivo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala de Ayudantes Facultativos, Técnicos en Jardín de Infancia, el Tribunal de Selección ha confeccionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.1 del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, en la redacción dada por Decreto 118/2009, de 7 de julio, las listas de espera para la provisión con carácter interino de puestos de trabajo de dicha clase de especialidad.

En las listas de espera figuran incluidos los aspirantes que, habiendo manifestado su voluntad de acceder a las mismas, han superado algún ejercicio del proceso selectivo.

A la vista de la propuesta elevada por el Tribunal de Selección y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.1 del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, según redacción dada por Decreto 118/2009, de 7 de julio, esta Dirección General resuelve:

Aprobar la lista de espera por provincias, que se incorpora como anexo a esta Resolución, confeccionada para la provisión con carácter interino de puestos de trabajo de la Escala de Ayudantes Facultativos, Técnicos en Jardín de Infancia.

Abrir un plazo de 15 días hábiles para que los candidatos que figuran incluidos en dichas listas cumplimenten la ficha de localidades que se adjunta a la presente Resolución, indicando aquellas a las que deseen acceder. Una vez finalizado dicho plazo, sólo se admitirá la renuncia de localidades que se presente con carácter previo al llamamiento del candidato.

Asimismo, en el supuesto de no efectuar elección alguna, el candidato será llamado para cualquier localidad de la correspondiente provincia.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública, en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en los artículos 54 y 58 de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobada por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que proceda en derecho.

Zaragoza, 26 de agosto de 2019.- La Directora General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por Suplencia, (Orden de 12 de agosto de 2019), el Secretario General Técnico, Sergio Pérez Pueyo.